Freno parcial a un acuerdo del gobierno federal

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) frenó los efectos del acuerdo publicado por el Ejecutivo federal para blindar la reserva de información relacionada con las obras prioritarias impulsadas por la actual administración del presidente Andrés Manuel López Obrador.

Un ministro de la Corte concedió la suspensión solicitada por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) para que de manera inmediata deje de surtir efectos el acuerdo con el que fueron clasificados como de seguridad nacional los proyectos prioritarios del gobierno federal.

El organismo alegó que el Ejecutivo no tiene atribuciones para realizar esta clasificación sin cumplir los parámetros establecidos en la ley de la materia.

“Es procedente la suspensión para que se suspendan todos los efectos y las consecuencias del acuerdo impugnado que deriven en catalogar la información detallada en éste como de interés público y/o seguridad nacional, sin cumplir con los supuestos que las leyes respectivas prevén para ese efecto”, señala el acuerdo.

“La medida suspensional concedida surtirá efectos de inmediato y sin necesidad de otorgar garantía alguna, sin perjuicio de que pueda modificarse o revocarse derivado de algún hecho superveniente”, agrega.

El ministro ponente, Juan Luis González Alcántara Carrancá, negó sin embargo la suspensión solicitada por el Inai con la que buscaba evitar que el gobierno federal realice mediante adjudicación directa obras y proyectos asociados a diversos sectores como comunicaciones, turístico, energético, aeroportuario o vías férreas.

El acuerdo del presidente López Obrador, publicado el pasado 22 de noviembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF), instruye a la Administración Pública Federal reservar los proyectos y obras del Gobierno de México al considerarlos como temas de seguridad nacional, por lo que, de igual modo, las adjudicaciones de este tipo de obras serían de manera directa.

También ordenó expedir las autorizaciones provisionales para la presentación u obtención de dictámenes, permisos o licencias necesarias para iniciar los proyectos u obras calificadas como prioritarias y estratégicas por la administración federal.

Argumentos

En el oficio INAI/DGAJ/2637/2021, el Inai argumenta que catalogar las obras como “de seguridad nacional” es acto que más allá de su inconstitucionalidad “provoca indudablemente inseguridad, incertidumbre e impredictibilidad jurídica”.

Relevancia nacional

Los comisionados del INAI aclararon que el Instituto no pretende que se suspendan las obras o proyectos de infraestructura, sino que, por el contrario, consideran que se trata de asuntos de la mayor relevancia nacional.